Se recuerda que todos los establecimientos comerciales, financieros, industriales, recreativos, culturales y educativos, deberán cesar sus actividades a partir de las 18:00 horas, con cierre de puertas para la atención al público y retiro del personal a las 18:30 horas, los días 24 y 31 de diciembre de cada año.
La medida está contemplada en la Ordenanza Nº 2536/2022, estableciéndose además que están facultadas para efectuar el control del cumplimiento de esta norma, las asociaciones gremiales y empresariales del rubro y prestar colaboración y apoyo logístico a inspectores municipales competentes, quienes deberán labrar las respectivas actas de constatación e infracción.
Quedan exceptuados aquellos establecimientos que presten servicios esenciales y los que ejerzan actividades gastronómicas, restaurantes, bares y hotelería; farmacias, clínicas y hospitales; clubes sociales, estaciones de servicio y expendio de combustible y locales comerciales atendidos por sus dueños.