En función de dos normas que el Concejo Deliberante (CD) aprobó por unanimidad, frentistas de Campos del Oeste definieron el inicio de la pavimentación de 35 cuadras del sector, una obra de infraestructura importantísima.
Lo hicieron en el marco del mecanismo de “Concertación Ciudadana Privada con Control Público” (Ordenanza N° 2777/25), con el proyecto contemplado por la Ordenanza N° 2815/26.
A raíz del amparo que presentaron 11 vecinos del barrio, a inicios de septiembre la Cámara de Apelaciones de Bell Ville dictó una cautelar que paralizó el inicio de los trabajos.
Ante ello, los más de 150 vecinos que quieren que la obra comience se reunieron con autoridades municipales y expresaron sus inquietudes.
Paralelamente, el asesor Letrado del municipio, Marcelo Filippi, presentó ante la Justicia el informe correspondiente y la contestación de la demanda.
No obstante, el 23 de octubre la Cámara admitió parcialmente el reclamo, declaró la nulidad de la Ordenanza N° 2815/26 y alteró el régimen de aprobación de la obra pública en Campos del Oeste.
Representado por Filippi, el municipio defendió la legalidad de la ordenanza sobre pavimentación: recurrió ante la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia y le solicitó que revoque el fallo de la Cámara, rechace totalmente la demanda y, con ello, habilite la ejecución del proyecto.
En suma, el representante legal de Poder Ejecutivo municipal alegó que no hubo errores de procedimiento y que el Poder Judicial avanzó sobre facultades que le corresponden al CD y sustituyó su voluntad.
En ese marco, postuló que, con una interpretación sesgada y arbitraria, vulneró el principio de separación de poderes y la autonomía municipal consagrada constitucionalmente.
En diálogo con distintos medios de prensa, Filippi enfatizó que la decisión fue arbitraria porque les quitó a los vecinos una herramienta participativa fundamental para el progreso de su barrio y, sin atribuciones, les pidió que busquen alternativas.
Bajo esa premisa, indicó que el fallo tiene gravedad institucional porque la Justicia no puede legislar ni administrar la ciudad.
El “Proyecto de Concertación Ciudadana Privada con Control Público” ya permitió concretar numerosas obras y mejoras en la ciudad.