El siguiente es el conjunto de medidas tendientes a aliviar la carga de tasas y contribuciones municipales a nivel local, cuyo proyecto por parte del Departamento Ejecutivo Municipal, estará a consideración del Concejo Deliberante.
El proyecto es único en su tipo a nivel municipal conocido hasta el momento y se adelanta a las decisiones que en ese sentido podrían llegar a adoptar sobre sus cargas impositivas los gobiernos provincial y nacional.
1) Exención de la Contribución por los servicios de inspección general e higiene que inciden sobre la actividad comercial, industrial y de servicios para entidades “Prestadoras de Servicios de Salud, Asistencia Sanitaria y Urgencias y para las Instituciones de Asistencia Social:
Se exceptúa del pago de la mencionada contribución para los períodos marzo, abril y mayo a las empresas y entidades que se encuentran habilitadas en el municipio y que realicen las mencionadas prestaciones de salud en los códigos de Servicios Hospitalarios, médicos, sociales de atención a ancianos y a personas minusválidas.
2) Reducción de la contribución por los servicios de inspección general e higiene que inciden sobre la actividad comercial, industrial y de servicios:
Se reducirá la alícuota de la mencionada contribución en un 20% para todos los comercios, industrias y empresas de servicio de la ciudad para los períodos marzo, abril y mayo de este año. La medida no será de aplicación para para las entidades bancarias. Se fija un tope de descuento en el impuesto determinado por la reducción de alícuota y para cada uno de los períodos mencionados en $ 15.000.
3) Bonificación a la Tasa de servicios a la propiedad y Contribución que inciden sobre rodados:
Los contribuyentes que se encuentren sin deuda en la Tasa de Servicios a la propiedad y en la Contribución que incide sobre rodados, ya sea en vencimientos normales y planes de pagos vigentes, y los cuales adhieran a partir del 1 de abril de 2020 sus pagos a débito automático vía débito directo bancario y/o por tarjeta de crédito, obtendrán un descuento del 15% sobre la tasa pura para cada uno de los mencionados períodos: marzo, abril y mayo próximos.
4) Plan de pago especial a tasa cero:
En función a lo dispuesto por el artículo 159 de la O.G.I. Nro. 2158/17 y sus modificatorias y artículo 140 de la Ordenanza Tarifaria Nro. 2316/019, habilítese un plan de pago especial para regularizar deudas vinculadas a las siguientes tasas y contribuciones: 1) Tasa de Servicios a la propiedad; 2) Contribución que incide sobre rodados; y 3) Contribución por los servicios de inspección general e higiene que inciden sobre la actividad comercial, industrial y de servicios. Las deudas a incluirse serán las vinculadas a las tasas y contribuciones taxativamente enunciadas precedentemente y exclusivamente a los períodos marzo, abril y mayo del año 2020. La particularidad principal de este plan será que las cuotas no devengaran intereses a partir de su consolidación y no se requerirá adelanto financiero.
Las condiciones serán las:
- a) Cuotas máximas: 6
- b) Tasa: Cero. No devengan intereses las cuotas
- c) Medio de pago: Débito directo vía CBU y/o Tarjeta de crédito (sin excepción).
- d) Las cuotas serán mensuales consecutivas e iguales y venciendo la primera de ellas el día 16 del mes siguiente al de adhesión al presente plan, en caso de caer en día inhábil, vencerá el día hábil siguiente.
- e) No hay importe mínimo por cuota.
- f) Por demás condiciones, aplíquese análogamente los art. 7, 8, 9 y 11 del Decreto 4379/2019.
- g) Quedan excluidos del presente plan, aquellos que posean deudas con el municipio, anteriores al periodo junio del 2019 y/o en proceso judicial.
5) Tasa de intereses resarcitorio:
Mediante nota interna a Oficialía Mayor y en función a las facultades conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el art. Nro. 156 de la O.G.I. Nro. 2.158/2017, se reduce la tasa de intereses resarcitorio para toda deuda vencida o a vencer en concepto de contribuciones, derechos y tasas. La tasa nominal mensual se reducirá en un 50% a partir del 1 de abril de 2020, siendo fijada en 2,25%
6) Estacionamiento Medido:
Se solicita autorización al Departamento Ejecutivo Municipal para utilizar, adicionalmente a los fines detallados en la normativa vigente, los fondos generados y/o a generarse por el sistema de estacionamiento medido municipal de los períodos febrero, marzo, abril, mayo y junio del 2020 para afrontar las erogaciones que se realizan en torno a la emergencia sanitaria actual y en relación a la sanidad pública.