La Municipalidad recuerda que está en vigencia la Ordenanza Nº 835/95, que específicamente en su Artículo 2º, Inciso G, que prohíbe depositar en veredas y calles, restos de obra como escombros, cascotes, tierra en general, materiales de construcción y demolición.
Para ello se deberá utilizar el servicio de contenedores que ofrecen empresas privadas.
La presencia de este tipo de material, obstaculiza el paso de peatones y automóviles, pudiendo ocasionar accidentes, inconvenientes en el tránsito y hasta anegamientos en días de lluvia.
Se aconseja cumplir con las normas vigentes, para evitar sanciones.