Alta de Comercio:
Baja de Comercio:
A fin de poder dar de baja el comercio inscripto en la contribución comercial, industrial y de servicios, deberá:
Monotributo Federal:
A partir del 01/01/2019 aquellos contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), tributarán en concepto de Contribución sobre el Comercio, Industria o Servicio, a través del pago del mencionado Régimen. Se unifica en un mismo pago, la cancelación del componente Nacional, Provincial y Municipal. (No deberán realizar la presentación de la Declaración Jurada en CisWeb)
Remises:
A fin de poder adquirir una Licencia de Habilitación de Remis, el Comprador y el Vendedor no deben poseer deudas fiscales para con el Municipio. El precio de transferencia será el regulado según Ordenanza de Remises. (Ordenanza Remises)
ITV:
Dirección: Ruta Nº 9, km. 501 / Tel.: 3537 – 568356
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25 de Mayo 19, Bell Ville, Cba., Argentina.
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