En el Presupuesto 2023, se incrementan algunos beneficios para contribuyentes cumplidores

Ricardo Bonini, director de Recursos Tributarios y Finanzas del municipio informó que en el Presupuesto General de Recursos y Gastos para el año próximo, se mantendrán y en algunos casos se ampliarán beneficios para el contribuyente cumplidor.

En ese sentido, recordó que se mantendrá el descuento del 30% para el vecino que cumpla con sus obligaciones, “por cumplir y contribuir con el progreso de la ciudad”.

Para quienes adhieran al cedulón digital se le descontarán los importes correspondientes a los gastos administrativos y aquel contribuyente que abone mediante “CIDIBELL”, seguirá teniendo un descuento adicional del 5%, elevando el descuento total al 35%, más el restante beneficio por gastos administrativos anunciado precedentemente. Como novedad, este año, el descuento del 5% se hace extensivo a los contribuyentes que adhieran al pago por débito automático.

Asimismo, se mantiene el descuento del 10% por pago de contado de la contribución.

De esta manera, si el contribuyente abonase la tasa en pago único, obtendrá hasta el 45% de descuento, más el descuento de los gastos administrativos.

En el caso de jubilados y pensionados, la exención de la tasa a la propiedad, se elevó al 84% el tope del beneficio, permitiendo así que una mayor cantidad de ellos puedan acogerse a esta medida. También habrá beneficios para desarrollistas.

Por otra parte, como política que favorece el cuidado del medio ambiente, se mantiene la reducción de alícuotas en Rodados para camiones, acoplados y colectivos. Como novedad, se aplicará una alícuota diferenciada  del 1,25% para autos híbridos y eléctricos.

En lo que respecta a rodados de más de 20 años de antigüedad, por primera vez se fija un tope de valuación mínima, para la cual pagarán la contribución única anual.

En tanto, en el rubro Premisas sobre derechos de construcción, se observarán grandes cambios y beneficios. Para industrias y a manera de fomento, se amplía el beneficio del 50 al 75 % de potencial reducción para empresas industriales y de servicios que sean fuentes generadoras de empleos genuinos locales.

Se flexibilizan los requerimientos mínimos para acceder a la reducción de beneficios de desarrollo de grandes superficies, si la obra es de impacto significativo para el crecimiento estratégico de la ciudad y zona de influencia donde se desarrollará.

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