El paulatino fortalecimiento del régimen municipal y su autonomía se remonta a la tercera década del Siglo XX, con los debates constitucionales provinciales que reconocieron y luego plasmaron en textos que las municipalidades tenían la facultad de dictar sus propias cartas orgánicas.
Con el retorno de la legalidad institucional en 1983, cobraron fuerza los postulados de la autonomía municipal a través de varias constituciones provinciales; entre ellas, la cordobesa.
El Poder Judicial contribuyó y la máxima instancia, la Corte Suprema, estableció en 1989 que los municipios no serían meras autarquías.
En Bell Ville, la Carta Orgánica se juró el 6 de noviembre de 1995. En 1994, mediante Ordenanza Nº 785, el Concejo Deliberante convocó a la Convención Municipal a los fines de su redacción y dictado. Esa manda se promulgó mediante el Decreto Nº 503 “A”, firmado por el entonces intendente Nelson Gonella.
Los principios democráticos, representativos y republicanos de gobierno locales se ven reflejados en la labor de los convencionales constituyentes Ernesto Gavier (presidente); Héctor Cornaglia (vicepresidente 1º); Mario Favero (vicepresidente 2º); Raúl Sabaini de la Fuente; Miguel Ángel Aloco; Gustavo Hernández; Elda Rodríguez; Lucia Jáuregui; Eduardo Fantini; Rubén Pérez; Luis Bondone; Armando Medina Coba; José Pablo Miguel; Carlos Benjamín Bondone; Cristina Canova y Natalia Carbonetti (reemplazada por Juan Carlos Belagardi). Como secretaria se desempeñó Liliana Bichsel.
La Carta Orgánica bellvillense tiene cinco partes: declaraciones, derechos y deberes; autoridades; administración; formas de participación ciudadana en el municipio y reforma. Son 234 artículos, dos disposiciones complementarias y 10 transitorias.
Es de avanzada en el tratamiento y reconocimiento de, por ejemplo, la protección del medio ambiente. Determina políticas en distintas materias, como socio económica y protectoria de la niñez, de la tercera edad y de las personas con discapacidad.
En ese marco, reconoce a la Resera Natural Francisco Tau y a la educación, el deporte y la cultura como pilares en el desarrollo de los ciudadanos, a fin de que contribuyan a edificar una ciudad próspera.
Su preámbulo dice: “Nosotros, los representantes del Pueblo de la Ciudad de Bell Ville, antigua Posta de Fraile Muerto, nacida a la vera del río Ctalamochita, reunidos en Convención Municipal, en ejercicio del mandato conferido para organizar política y jurídicamente al Municipio en la forma autónoma que establecen las Constituciones de la Nación Argentina y de la Provincia de Córdoba, sobre las bases de la libertad, igualdad y solidaridad de todos sus vecinos, ratificando la plena vigencia del sistema representativo, republicano y democrático; enalteciendo la participación popular, promoviendo la justicia y la equidad, la educación, la atención primaria de la salud, la defensa del medio ambiente y del patrimonio natural, histórico y cultural de nuestra ciudad; propendiendo al bienestar general del hombre y su familia, y a una mejor calidad de vida mediante el trabajo, el progreso político y económico de la comunidad y la justicia social; invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia, sancionamos esta Carta Orgánica Municipal para la ciudad de Bell Ville”.
En marzo, por Resolución Nº 968/2025, el Concejo Deliberante declaró al 2025 como el año de la Carta Orgánica, en conmemoración de las tres décadas de su jura.
