Pirotecnia sonora cero: distintos actores ya se movilizan por la nueva ordenanza

Recientemente, por iniciativa de vecinos autoconvocados y del Concejo Deliberante en pleno, se sancionó la ordenanza 2770/25, que prohíbe el uso de pirotecnia de impacto sonoro en la ciudad.

La fonoaudióloga Belén Manteiga y los médicos veterinarios German Tosco Médico y Diego Polo, integrantes del grupo que impulsó el proyecto “Pirotecnia Cero”, se reunieron con el director de Tránsito y Convivencia Ciudadana Víctor Vitábile y la directora de Comunicación Carolina Pranzoni, para coordinar las acciones tendientes al cumplimiento y a la difusión de la norma.

Funcionarios y personal dependiente de la Secretaría de Gobierno, como el área de Habilitaciones y Espectáculos Públicos, ya están notificando a comercios, salones de fiestas, clubes, ligas deportivas, transportes y depósitos sobre el contenido de la ordenanza. En tanto, el área de Comunicación junto al grupo promotor del proyecto, están motorizando campañas de información y concientización.

La ordenanza 2770/25, que prohíbe “la fabricación, comercialización mayorista o minorista, el almacenamiento y/o depósito, la venta al público, el uso público, privado o particular, centro de transferencia de carga y/o logística, de cualquier tipo de producto pirotécnico y/o de cohetería, que tenga impacto sonoro, sean o no de venta libre y/o fabricación autorizada”.

Define como pirotecnia a “todo elemento destinado a producir efectos auditivos, a través de cualquier modo de combustión, explosión, detonación o deflagración, estando incluidos todos aquellos que enciendan o accionen por el uso de mecha activada por flama, por fricción, impulso eléctrico o electrónico, impacto o cualquier otro medio mecánico o físico químico que sea destinado a producir explosión, detonación o deflagración”.

Sanciona a los infractores con el decomiso de la pirotecnia para su posterior destrucción y con multas.

El valor de las sanciones económicas se determina en la denominada Unidad Fija de Multa (UF), equivalente al valor de un litro de nafta súper. Los montos oscilan entre 200 y 1200 UF.
Son responsables por el incumplimiento los representantes legales de menores e incapaces que la infrinjan y las instituciones, organizaciones sociales o comerciales, públicas o privadas, cualquiera sea su actividad, cuando el incumplimiento tenga lugar en sus predios y no se logre identificar al infractor.

Cabe resaltar que el grupo que colaboró con la redacción del precepto legal está conformado por, entre otros, profesionales de la salud, vecinos de la ciudad, padres de niños con discapacidad, veteranos de Malvinas y el Instituto María Montessori.

Están disponibles los teléfonos del área de Habilitaciones y Espectáculos Públicos para realizar denuncias: 66-1443 y 66-5037.

La fonoaudióloga Belén Manteiga y los médicos veterinarios German Tosco Médico y Diego Polo, integrantes del grupo que impulsó el proyecto “Pirotecnia Cero”, se reunieron con el director de Tránsito y Convivencia Ciudadana Víctor Vitábile y la directora de Comunicación Carolina Pranzoni, para coordinar las acciones tendientes al cumplimiento y a la difusión de la norma.

Funcionarios y personal dependiente de la Secretaría de Gobierno, como el área de Habilitaciones y Espectáculos Públicos, ya están notificando a comercios, salones de fiestas, clubes, ligas deportivas, transportes y depósitos sobre el contenido de la ordenanza. En tanto, el área de Comunicación junto al grupo promotor del proyecto, están motorizando campañas de información y concientización.

La ordenanza 2770/25, que prohíbe “la fabricación, comercialización mayorista o minorista, el almacenamiento y/o depósito, la venta al público, el uso público, privado o particular, centro de transferencia de carga y/o logística, de cualquier tipo de producto pirotécnico y/o de cohetería, que tenga impacto sonoro, sean o no de venta libre y/o fabricación autorizada”.

Define como pirotecnia a “todo elemento destinado a producir efectos auditivos, a través de cualquier modo de combustión, explosión, detonación o deflagración, estando incluidos todos aquellos que enciendan o accionen por el uso de mecha activada por flama, por fricción, impulso eléctrico o electrónico, impacto o cualquier otro medio mecánico o físico químico que sea destinado a producir explosión, detonación o deflagración”.

Sanciona a los infractores con el decomiso de la pirotecnia para su posterior destrucción y con multas.

El valor de las sanciones económicas se determina en la denominada Unidad Fija de Multa (UF), equivalente al valor de un litro de nafta súper. Los montos oscilan entre 200 y 1200 UF.
Son responsables por el incumplimiento los representantes legales de menores e incapaces que la infrinjan y las instituciones, organizaciones sociales o comerciales, públicas o privadas, cualquiera sea su actividad, cuando el incumplimiento tenga lugar en sus predios y no se logre identificar al infractor.

Cabe resaltar que el grupo que colaboró con la redacción del precepto legal está conformado por, entre otros, profesionales de la salud, vecinos de la ciudad, padres de niños con discapacidad, veteranos de Malvinas y el Instituto María Montessori.

Están disponibles los teléfonos del área de Habilitaciones y Espectáculos Públicos para realizar denuncias: 66-1443 y 66-5037.

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