El Plan Vecinal de Ahorro Previo JUNTOS A LA OBRA, es un sistema que permite a los vecinos proponer y financiar de manera conjunta, obras de infraestructura y mejoras en sus calles o barrios. Esto incluye obras como pavimentación, cordón cuneta, alumbrado, extensión de redes de cloacas, agua y gas, entre otras de utilidad e interés público.
Este plan, creado por la Ordenanza N° 2660/2024 del Concejo Deliberante de Bell Ville, permite acelerar la realización de obras públicas esenciales y promover la participación conjunta entre el municipio y los vecinos.
• Los vecinos interesados deben agruparse como frentistas de una misma cuadra o zona.
• Luego, presentar una nota en Mesa de Entrada de la Municipalidad, dirigida al Departamento Ejecutivo. La nota deben manifestar su voluntad de sumarse al Plan y especificar claramente qué obra desean realizar.
Ejemplo: “Solicitamos la pavimentación de la calle Martín Malharro, entre Córdoba y Pío Ángulo.”
• La Municipalidad evaluará la solicitud según criterios técnicos y de planificación urbana.
• Si se aprueba, en un plazo máximo de 45 días hábiles, se convocará a los vecinos a una audiencia informativa.
• En esa reunión se presentará:
El proyecto técnico de la obra, teniendo en cuenta el plan de desarrollo urbano y la incidencia de espacios públicos en la zona, el presupuesto base y las modalidades de pago, además de opciones de financiamiento disponibles. En el mismo encuentro se firmará un acta que dejará constancia del encuentro y sus resultados.
• Luego de la audiencia, los vecinos tendrán 15 días hábiles para votar si aceptan realizar la obra bajo el sistema de ahorro previo. Si hay más de una opción de proyecto, se elegirá uno por votación simple.
• Para que la obra se apruebe, debe contar con el aval expreso del 60% de la extensión lineal de la cuadra o zona.
Si se alcanza ese aval, el Municipio enviará al Concejo Deliberante un proyecto de ordenanza que establecerá:
• Cómo se repartirá el costo (prorrateo).
• El sistema de pago.
• Los derechos y obligaciones de las partes.
Una vez alcanzado el aval de vecinos, el Municipio enviará al Concejo Deliberante un proyecto de ordenanza que autorizará:
• La ejecución de la obra.
• Cómo se repartirá el costo (prorrateo).
• El sistema de pago.
Los derechos y obligaciones de las partes de las partes.
Una vez aprobada la ordenanza, la Municipalidad notificará formalmente a cada frentista.
Cada propietario o titular deberá firmar su convenio del Plan de Ahorro “Juntos a la Obra”, dentro de los 30 días corridos desde la promulgación de la ordenanza.
INICIO DE OBRA
• La obra comenzará cuando los frentistas hayan abonado, en conjunto, al menos el 75% del valor total.
• Alcanzado ese monto, el Municipio tendrá 180 días corridos para iniciar los trabajos.
FRENTISTAS QUE NO ADHIRIERON A TIEMPO
Quienes no hayan firmado convenio antes del inicio de obra, deberán abonar:
• El valor de capital actualizado a la fecha de la contribución.
• Más los intereses correspondientes desde la fecha en que el proyecto fue aprobado en forma definitiva.
25 de Mayo 19, Bell Ville, Cba., Argentina.
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